A- de 2013
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Eduard James Piamba Vs Departamento Para La Prosperidad Social Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Competencia de Juzgado Penal del Circuito
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia suscitado ente el Juzgado penal del Circuito de Puerto Asís (Putumayo) y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa (Putumayo).
La Sala se refiere a los siguientes tópicos: 1º.
La competencia de la Corte Constitucional para dirimir conflictos de competencia en materia de tutela y, 2º.
Las normas que determinan la competencia en materia de tutela.
Se decide remitir el expediente de tutela al Juzgado Penal del Circuito de Puerto Asís (Putumayo), para que sin más demoras adelante el trámite de la misma.
Se le advierte a dicho despacho judicial que en adelante debe observar estrictamente la jurisprudencia de la Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS, el auto proferido por el Juzgado Penal del Circuito de Puerto Asis -Putumayo- del veinticuatro (24) de abril de dos mil trece (2013).
- Segundo. REMITIR el expediente contentivo de la accion de tutela propuesta por Eduard James Piamba contra el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y la Unidad Administrativa de Atencion y Reparacion de Victimas, al Juzgado Penal del Circuito de Puerto Asis -Putumayo-, para que sin mas demoras, adelante el tramite de la misma.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Penal del Circuito de Puerto Asis que, en adelante, debera observar estrictamente la jurisprudencia de la Corte, sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto.
- Cuarto. Por Secretaria General, COMUNICAR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Mocoa (Putumayo), la decision adoptada en esta providencia con el fin de que tenga conocimiento sobre lo resuelto por la Corte Constitucional en relacion con el presunto conflicto de competencia.
- Comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.